viernes, 19 de octubre de 2012

Carta al Sr. Puig

Legalidad jurídica versus legalidad democrática
Veamos la primera manipulación: legalidad por definición es lo que determina la ley, es decir lo legal. Así por definición, lo jurídico es lo legal y no hay más legalidad que la jurídica. Si esa ley ha sido democrática, como lo es la Constitución no hay más legalidad que lo que ella establece que es la legalidad democrática.
Supongamos que las sutilezas lingüísticas no son su fuerte, Sr. Puig y en lugar de legalidad hablara de legitimidad, expresión más cercana a lo ético que a lo jurídico y por tanto admite una mayor elasticidad al lenguaje político y por tanto la frase quedaría como sigue: …legitimidad jurídica frente a legitimidad democrática. Se refiere a la duda sobre lo que debe prevalecer en términos éticos y entonces abrimos la caja de Pandora. Da a entender que la legitimidad constitucional no existe cuando su legitimidad, la surgida de un hipotético referéndum limitado a Cataluña, es la verdadera e indiscutible. Ya vemos que algo hay que chirría pero sigamos su proceso ¿mental?